Property Tax Exemption for Senior Citizens and People with Disabilities (exención del impuesto a la propiedad para personas mayores y personas con discapacidad)
Dos beneficios. Primero, usted deja de pagar los impuestos extraordinarios aprobados por los votantes (excess levies) y parte del impuesto escolar estatal (state school levy), y según sus ingresos, parte de los impuestos ordinarios (regular levies). Para los impuestos que vencen en 2026: el Nivel 1 (ingresos más bajos) exime de los impuestos ordinarios sobre $60,000 o el 60% del valor, lo que sea mayor; el Nivel 2 exime de los impuestos ordinarios sobre $50,000 o el 35% del valor, lo que sea mayor (no más de $70,000); el Nivel 3 exime solo de los impuestos extraordinarios y de la Parte 2 del impuesto escolar estatal. Para los impuestos que vencen en 2027 y después (solicitudes presentadas en 2026), la ley de 2026 (ch. 163) sube el Nivel 1 a $80,000 o el 80% del valor, lo que sea mayor, y el Nivel 2 a $70,000 o el 45% (no más de $200,000), y la exención cubre el impuesto escolar estatal, que esa misma ley une en un solo impuesto. Segundo, el valor imponible de su vivienda queda congelado en su valor del primer año en que usted califica.
Para personas con discapacidad: Al 31 de diciembre del año de tasación (el año antes de que venzan los impuestos) usted: tiene al menos 61 años; o tiene al menos 57 años y es el cónyuge o pareja de hecho (domestic partner) sobreviviente de alguien que tenía esta exención cuando murió; o se jubiló de un empleo remunerado regular por una discapacidad; o es un veterano que recibe compensación del VA con una calificación combinada de discapacidad relacionada con el servicio del 80% o más (para impuestos que vencen en 2026) o del 40% o más (para impuestos que vencen en 2027 y después, según la ley de 2025 ch. 200), o con una calificación de discapacidad total por una discapacidad relacionada con el servicio.
- Quién califica
- Al 31 de diciembre del año de tasación (el año antes de que venzan los impuestos) usted: tiene al menos 61 años; o tiene al menos 57 años y es el cónyuge o pareja de hecho (domestic partner) sobreviviente de alguien que tenía esta exención cuando murió; o se jubiló de un empleo remunerado regular por una discapacidad; o es un veterano que recibe compensación del VA con una calificación combinada de discapacidad relacionada con el servicio del 80% o más (para impuestos que vencen en 2026) o del 40% o más (para impuestos que vencen en 2027 y después, según la ley de 2025 ch. 200), o con una calificación de discapacidad total por una discapacidad relacionada con el servicio. Usted es dueño de la vivienda y vive en ella como su residencia principal. Cubre la vivienda, una unidad de vivienda accesoria y hasta un acre.
- Límite de ingreso
- Ingreso disponible combinado (combined disposable income) igual o menor al Income Threshold 3 (límite de ingresos 3) de su condado. Condado de King: para impuestos que vencen en 2026, Threshold 1 $60,000, Threshold 2 $72,000, Threshold 3 $84,000; para impuestos que vencen en 2027-2029, $76,000 / $89,000 / $101,000 (la ley de 2026 subió los límites al 60%, 70% y 80% de la mediana del ingreso de los hogares del condado). El ingreso disponible incluye el Seguro Social y las pensiones, menos gastos como las primas de Medicare, los medicamentos recetados y el cuidado en casa o en un hogar de ancianos.
- Cómo solicitarla
- Envíe la Application for Senior Citizen and Disabled Persons Exemption from Real Property Taxes (solicitud de exención del impuesto sobre bienes raíces para personas mayores y con discapacidad) y la Combined Disposable Income Worksheet (hoja de cálculo del ingreso disponible combinado) al tasador de su condado, con prueba de edad, registros de ingresos y, si tiene discapacidad, una carta del Seguro Social o del VA o la Proof of Disability Affidavit (declaración jurada de prueba de discapacidad).
- Plazo
- A más tardar el 31 de diciembre del año de tasación; el tasador puede aceptar solicitudes tardías y usted puede pedir reembolsos por algunos años anteriores.
- Renovación
- Al menos una vez cada seis años, cuando el tasador se lo pida; informe antes los cambios en su situación.
- Ley
- RCW 84.36.379 to 84.36.389 (RCW 84.36.381 as amended by 2025 c 200 and 2026 c 163, both applying to taxes levied for collection in 2027 and later); WAC 458-16A-100 to 150
Fuente: página oficial (en inglés)